El régimen de disciplina de liquidación de CSDR es una saga interminable, pero finalmente entrará en vigor el 1 de febrero de 2022. Sin embargo, en un movimiento sorpresa a finales de año, el régimen de compra obligatoria ha sido excluido de la aplicación. CACEIS analiza las razones e implicaciones de este aplazamiento, que podría representar una oportunidad para resaltar la eficiencia del régimen sancionador.
El 1 de febrero de 2022 entrará finalmente en vigor el Reglamento Delegado (UE) 2018/1229 de la Comisión por el que se completa el Reglamento (UE) n.º 909/2014 (el Reglamento sobre los Depositarios Centrales de Valores o “CSDR”). Como recordatorio, los principales objetivos de CSDR son reducir el riesgo y aumentar la eficiencia de la liquidación de valores, y definir un marco prudencial armonizado para supervisar los Depósitos Centrales de Valores (DCV) dentro de la UE.
Las autoridades de la UE pospusieron la implementación del CSDR en 2020 y 2021 debido a la pandemia, mientras que la comunidad de servicios financieros seguía interesada en comprender las principales consecuencias para las obligaciones de liquidación.
El régimen de disciplina de liquidación de CSDR incorpora reglas diseñadas para evitar fallas en la liquidación y aumentar la eficiencia de liquidación para transacciones de valores. La regulación introdujo sanciones por acuerdos fallidos y, de manera controvertida, reglas de compra obligatorias para ciertas situaciones.
En enero de 2020, estas reglas onerosas para una industria que busca estabilidad regulatoria llevaron a 14 asociaciones de mercados europeos, incluidas AFTI, EACB, EBF y AFME* (de las cuales CACEIS es miembro) a notificar a la Autoridad Europea de Valores y Mercados (AEVM) sobre los efectos perjudiciales de aplicación precipitada del régimen disciplinario de liquidación. ESMA reaccionó enviando a la Comisión Europea un oficio solicitando el aplazamiento, inicialmente hasta el 1 de febrero de 2021, y luego hasta el 1 de febrero de 2022, que fue aceptado.
En general, dando la bienvenida a la decisión de las instituciones europeas de posponer, el sector financiero y CACEIS se embarcaron en un extenso proceso de adaptación de sus sistemas de TI para cumplir con las reglas de CSDR antes del 1 de febrero de 2022.
Las prórrogas de los plazos resultaron muy breves, pero los participantes de los servicios financieros europeos lograron implementar los requisitos de notificación de fallos de liquidación y el sistema de sanciones en efectivo. ESMA solicitó una nueva prórroga a la Comisión Europea específicamente para el régimen de compra obligatoria, después de que el sector les hubiera notificado nuevamente en julio de 2021 indicando que se necesitaban más aclaraciones debido a la complejidad del régimen.
El 24 de noviembre de 2021, el comisario europeo responsable de los servicios financieros anunció que el régimen de compra obligatoria no entraría en vigor el 1 de febrero de 2022. Eliane Méziani, asesora principal de Asuntos Públicos de CACEIS explica: “Este aplazamiento, adoptado en la forma de una cláusula legislativa introducida durante las negociaciones de las autoridades europeas sobre el régimen piloto, sin embargo, sigue siendo vago en cuanto a su duración y plantea dudas sobre las ambiciones de la Comisión para el futuro de las reglas de compra obligatoria”. Agregó: “Según los observadores, el aplazamiento podría durar de dos a tres años, lo que claramente no está en línea con las extensiones generalmente aplicadas a otras regulaciones europeas”.
Daniel Pascaud, Global Head de Operations, Banking & Custody Solutions en CACEIS, cree que esta no sería la primera vez que un texto que resultó complicado de implementar se pospuso varias veces antes de ser finalmente abandonado. Añadió: “Sin embargo, este no es el caso actualmente, y en esta etapa debemos dar la bienvenida a la decisión de las autoridades europeas. El régimen de recompra obligatoria requería una mayor aclaración, a diferencia de otros elementos del régimen disciplinario de liquidación, como las sanciones en efectivo. Esta extensión brindará una oportunidad para que los participantes de servicios financieros estabilicen el régimen de sanciones y para que las autoridades europeas evalúen la relevancia de un sistema de compra obligatoria en este contexto. Este último debe limitarse a las transacciones de mayor riesgo, en lugar de a todas las transacciones, como es el caso hoy”.
La entrada en vigor del régimen de disciplina de liquidación representa, por tanto, una oportunidad para que CACEIS demuestre la fiabilidad y resiliencia de sus sistemas operativos y procedimientos de liquidación de valores, sin necesidad de un sistema de recompra obligatoria.
Para ayudar a los clientes con la implementación del CSDR, CACEIS ha desarrollado sus servicios y soluciones en relación con los dos pilares principales del Reglamento: prevención (con procedimientos reforzados de confirmación de transacciones para facilitar y fomentar la pronta liquidación) y remediación con sanciones en efectivo. OLIS, el sitio web del cliente de CACEIS, incluirá nuevas funciones para abordar estos problemas.
CACEIS seguirá de cerca los desarrollos relacionados con el régimen de compra obligatoria en las próximas semanas y meses, luego de la revisión de CSDR programada para 2022. “Esperamos que las enmiendas resulten en la implementación de un régimen más apropiado que no penalice Participantes del mercado financiero europeo”, concluye Daniel Pascaud.
* AFTI: Association Française des Professionnels des Titres
EACB: European Association of Co-operative Banks
EBF: European Banking Federation
AFME: Association for Financial Markets in Europe